La empresa Enel presentó un recurso de inaplicabilidad de la ley de Servicios Básicos por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC), la ley es la que permite postergar el cobro de deudas e impide los cortes de suministro por no pago durante la pandemia.
Ya con anterioridad la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) ordenó a Enel reponer el servicio a un grupo de clientes “que habían sido desconectados por encontrarse en mora”.
Ramón Castañeda, gerente general de Enel Distribución explicó “Desde el principio de la pandemia hemos puesto nuestros esfuerzos en ayudar a los clientes que se han visto más afectados por las consecuencias de esta crisis. Sin embargo, no existe ninguna justificación para otorgar un beneficio a quien no lo necesita. Aún más, en este tiempo hemos visto cómo la ley promulgada para ayudar a los clientes más vulnerables afectados por la crisis sanitaria ha beneficiado a clientes de altos consumos, que no solicitan convenios ni repactan sus deudas”.
Agregó que ENEL asume los costos de una medida en favor de gran parte de la comunidad, “cuestión que por norma general debiese ser asumida por el Estado y, en casos excepcionales, por medio de gravámenes específicos muy bien fundados”. “Nada de esto se da al establecer como obligación el continuar prestando servicios e impedir la suspensión de suministro a usuarios que optan por no cumplir con su obligación de pago, pese a tener la capacidad para ello, según los antecedentes públicos que han podido reunirse”.
“No existe ninguna justificación para otorgar un beneficio a quien no lo necesita ni para que el costo de esta medida recaiga sobre un particular, en este caso, la concesionaria de distribución”, finalizó.